Tras una primera resolución en abril, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha ido ampliando la autorización excepcional para el uso de productos fitosanitarios formulados a base de ciantraniliprol 10% [OD] P/V para combatir las plagas de mosca blanca y pulgón en los cultivos de brécol, repollo y coliflor. Esta medida beneficia actualmente a la Región de Murcia, Castilla-La Mancha, Cataluña, La Rioja y Navarra.
La decisión administrativa responde a un incremento significativo de estas plagas durante la presente campaña, lo que ha generado daños directos por el debilitamiento de las plantas e indirectos por la aparición de negrilla. Las materias activas autorizadas hasta la fecha resultaban insuficientes debido a problemas de resistencias y una baja persistencia ante una elevada presión de la plaga, mientras que el ciantraniliprol destaca por su eficacia y bajo impacto sobre la fauna auxiliar.
Con las sucesivas modificaciones, los periodos de vigencia para el uso de este insecticida varían según la región para ajustarse a sus ciclos de cultivo. En Murcia, la autorización comprende del 28 de abril al 8 de junio y del 15 de agosto al 24 de octubre. Para Castilla La Mancha, los plazos se fijan del 3 de agosto al 3 de octubre, mientras que en la Comunidad Foral de Navarra se establecen del 1 de septiembre al 14 de noviembre. Por su parte, en Cataluña la vigencia es del 1 de agosto al 28 de noviembre, y en La Rioja abarca del 10 de julio al 20 de septiembre y del 15 de noviembre al 30 de diciembre.
Las condiciones técnicas de aplicación son uniformes para todas las zonas autorizadas, con una dosis de 0,52 L/ha mediante pulverización foliar. La normativa estipula un máximo de una aplicación por ciclo de cultivo durante el estado fenológico BBCH 40-49 y establece un plazo de seguridad de siete días antes de la recolección. Para garantizar la seguridad, la resolución impone estrictas medidas de mitigación de riesgos que incluyen el uso obligatorio de guantes, gafas y ropa de protección para los aplicadores. Asimismo, se han establecido bandas de seguridad de veinte metros para proteger organismos acuáticos y artrópodos no objetivo, y se prohíbe taxativamente la aplicación durante la floración del cultivo o de las malas hierbas para salvaguardar a las abejas y otros polinizadores.















