El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha autorizado de forma excepcional el uso y la comercialización de productos fitosanitarios específicos para combatir la psila del peral (Cacopsylla pyri) en Cataluña y Navarra.
Esta medida responde al incremento significativo de la incidencia de esta plaga y a la magnitud de los daños que viene provocando en los últimos años. Los ataques del insecto, basados tanto en las picaduras nutricionales como en la excreción de melaza, generan una notable depreciación de la producción y debilitan fisiológicamente a los árboles. La situación técnica es compleja debido al elevado potencial reproductivo de la psila y al solapamiento de sus generaciones estivales, factores que han superado la capacidad reguladora de los organismos de control biológico natural, haciendo necesario este refuerzo químico complementario.
Para Cataluña, la vigencia concluye el 28 de julio. En Navarra, se extiende hasta el 30 de septiembre. La normativa permite una única aplicación por campaña con una dosis máxima de 1,35 litros de producto por hectárea, empleando un volumen de caldo de entre 300 y 1.500 litros. El tratamiento debe realizarse siempre por agricultores y aplicadores profesionales en los estados fenológicos comprendidos entre el cuajado y la madurez del fruto (BBCH 71-81), respetando un plazo de seguridad de 21 días antes de la cosecha.
Para proteger el entorno, la resolución prohíbe expresamente la aplicación en plantas cultivadas o malas hierbas en flor para salvaguardar a las abejas y otros polinizadores. Asimismo, se debe respetar una zona de seguridad de 20 metros respecto a masas de agua superficiales y cumplir con un periodo de reentrada de 48 horas para los trabajadores. El formulado elegido, que actúa inhibiendo la alimentación de la plaga, destaca por su elevada selectividad y bajo impacto sobre la fauna auxiliar, lo que favorece su integración en los programas de gestión sostenible del cultivo.















