InicioNoticiasNoticias de actualidadLa Comisión persigue los coformulantes peligrosos

La Comisión persigue los coformulantes peligrosos

La Comisión Europea ha publicado el reglamento que establece normas detalladas para la identificación de coformulantes inaceptables en fitosanitarios, y que se aplicará a las solicitudes de autorización de productos fitosanitarios presentadas a partir del 3 de abril, incluidas las relativas a su modificación o renovación.

El objetivo del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/574 es establecer criterios y procedimientos comunes para la identificación y prohibición de determinados coformulantes que puedan tener efectos nocivos para la salud humana o animal o efectos inaceptables para los vegetales, los productos vegetales o el medio ambiente.

Esta norma supone un paso importante hacia una mayor armonización europea y una mayor seguridad jurídica para las empresas a la hora de comercializar productos fitosanitarios en el mercado de la Unión Europea. “El nuevo reglamento demuestra que es posible garantizar un alto grado de protección de la salud humana y animal y del medio ambiente, a la vez que salvaguardar la competitividad de la agricultura europea”, considera Adrián Parra, abogado del despacho Fieldfisher en Bruselas, que señala, sin embargo, que el considerando 14 “puede llegar a obstaculizar dicha armonización”, ya que conforme al mismo, los Estados miembros seguirán contando con un amplio margen de discreción para prohibir o restringir el uso de otros coformulantes que no hayan sido considerados como inaceptables. “Es probable que esto siga causando problemas a las empresas a la hora de comercializar sus productos en la UE, ya que seguirán viéndose obligadas en algunos casos a registrar diferentes formulaciones de producto en la UE para adaptarse a las restricciones de coformulantes adoptadas por cada Estado miembro a nivel nacional”.

Adrián Parra considera que, de cara a reducir los obstáculos al comercio en la UE y hacer posible la mayor armonización europea que pretende este nuevo reglamento, los Estados miembros deberían establecer también procedimientos regulados para la adopción de sus propias restricciones de coformulantes a nivel nacional. “Estos procedimientos nacionales deberían ser similares al establecido por el nuevo reglamento europeo y estar en consonancia con las disposiciones del mismo”. Conforme a la normativa europea, estas restricciones nacionales son, en cualquier caso, excepcionales y de carácter temporal hasta que se tome una decisión sobre su inclusión, o no, en el listado europeo del Anexo III del Reglamento (CE) nº 1107/2009.

El abogado especializado en legislación comunitaria sostiene que, de cara a garantizar una mayor seguridad jurídica para los actores implicados, “los listados nacionales de coformulantes inaceptables y sus subsecuentes actualizaciones deberían someterse a una evaluación técnica basada en normas y criterios uniformes, someterse a consulta pública para posibilitar la participación de las partes interesadas y adoptarse mediante la publicación de un acto normativo oficial”.

Artículos relacionados
- Advertisment -
nufarm insecticidas

Más leídos

Eibol Quayat

Cargando revista digital...