El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, una nueva norma sobre comercialización de los fertilizantes en la Unión Europea, para incluir en la legislación vigente las últimas disposiciones del Reglamento UE en la materia.
En el Real Decreto 568/2020 se introducen algunos requisitos, como la designación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación como “autoridad notificante”, responsable de establecer y aplicar los procedimientos necesarios para la evaluación de los fertilizantes, de forma que cumplan lo establecido en el Reglamento comunitario y puedan incluir la marca CE en los productos que se comercialicen en la Unión Europea. También se especifican las condiciones que deben cumplir los organismos que desempeñan las actividades de evaluación sobre el cumplimiento de los preceptos del Reglamento UE, y se designa a la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) como organismo que evaluará y hará el seguimiento de las entidades que certifiquen la conformidad de los abonos UE.
La nueva norma no afecta la vigencia del Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes, que tiene por objeto establecer la normativa básica en materia de productos fertilizantes nacionales y las normas necesarias de coordinación con las comunidades autónomas.