TRATAMIENTOS AÉREOS CON DRONES CON PRODUCTOS FITOSANITARIOS

Según una nota informativa, publicada recientemente por el MAPAMA, sobre tratamientos aéreos con DRONES con productos fitosanitarios, se deben cumplir los requisitos fijados en los siguientes ámbitos normativos:

  • Normativa sobre seguridad aérea.
  • Normativa sobre inspección de equipos de aplicación de productos fitosanitarios (deberán pasar favorablemente la inspección y estar debidamente censados).
  • Normativa sobre el uso de productos fitosanitarios, siendo considerado como un tratamiento aéreo, debiendo cumplir lo que se exige a cualquier aplicación aérea (que el producto esté autorizado para ser aplicado por medios aéreos, disponer del plan de aplicación que será autorizado por la CCAA, carné de piloto aplicador, etc...).

Para mayor información, pueden consultar la nota informativa de tratamientos aéreos con drones con productos fitosanitarios que ha realizado conjuntamente el MAPAMA y la AESA:

http://www.mapama.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/notainformativatratamientosaereoscondrones-aesa_tcm7-443997.PDF

AVISO SIGFITO

Según ha informado SIGFITO al Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, y con objeto de mejorar la calidad del sistema y del servicio de recogida de envases vacíos de productos fitosanitarios, a partir del 1 de enero de 2017 los albaranes en formato de papel dejarán de tener validez y sólo se podrán justificar las entregas de envases vacíos a SIGFITO, a través del albarán digital con la imagen de SIGFITO.