Recientemente se ha publicado el REGLAMENTO (UE) 2016/60 DE
No obstante estableció que era conveniente dejar transcurrir un plazo razonable antes de que sea aplicable la modificación de los LMR a fin de que los Estados miembros, los terceros países y los explotadores de empresas alimentarias tengan tiempo de prepararse para cumplir los nuevos requisitos que se deriven de dicha modificación. Por tanto estos valores serán aplicables a partir del 10 de agosto de 2016.
Es importante destacar que esta bajada drástica de los LMR supondrá en un futuro mas o menos próximo la cancelación de todas las autorizaciones de clorpirifos en los cultivos de peras, manzanas, melocotones, uva de mesa, alcachofas, tomate, pimiento y frambuesa y dado que existe un posible riesgo para el consumidor no se otorgara un periodo adicional desde la fecha de cancelación para la eliminación de existencias y de uso.
Dada la importancia del tema y de los problemas de residuos que se pueden generar en los mercados a partir de esa fecha, en los cultivos citados anteriormente, es conveniente que todos los productores y técnicos conozcan esta modificación legislativa y de los valores de los LMR de clorpirifos.
FUENTE: Servicio de Sanidad Vegetal. Comunidad Autónoma de Murcia.