La Comisión Europea ha publicado y adoptado un nuevo paquete legislativo que modifica los criterios de aprobación de las sustancias activas que contengan microorganismos. De esta forma, busca facilitar la salida al mercado de estas alternativas para la protección de las plantas. Los fabricantes de productos de biocontrol valoran las nuevas normas pero piden un mayor esfuerzo para acortar los plazos desde la solicitud inicial.
Este paquete legislativo, publicado el 1 de septiembre, consiste en cuatro reglamentos de aplicación que modifican las normas actuales aplicables a los microorganismos (bacterias, hongos, virus y protozoos) y los criterios de aprobación como sustancias activas. Las nuevas normas, que se alinean con los objetivos europeos de reducción del uso de plaguicidas químicos, reflejan los últimos avances científicos y se basan en las propiedades biológicas específicas de los microorganismos.
Así, establecen los criterios de corte para la aprobación como sustancias activas. El microorganismo sólo se aprobará si no es patógeno para los seres humanos y, en el caso de virus, si la cepa aislada no es infecciosa para los seres humanos. En el caso de las bacterias, sólo se aprobarán si además no tienen genes de resistencia a antimicrobianos relevantes que sean transferibles a otras bacterias. Además, la norma modifica y aclara los criterios de aprobación, como sustancias de bajo riesgo, de materias activas que contienen microorganismos.
Para José Luis Alonso-Prados, director científico de la Unidad de Productos Fitosanitarios del INIA-CSIC, este cambio legislativo “supone un avance en la evaluación y autorización de este tipo de productos fitosanitarios y se espera que permita poner en el mercado productos basados en microorganismos de una manera más ágil. La información científica actual sobre la biología y modo de acción de los microorganismos juega un papel relevante e importante en la evaluación de riesgo para la salud humana, animal y para el medio ambiente, y permitirá realizar evaluaciones basada en el peso de la evidencia y justificar la no necesidad de producir ciertos datos que puedan justificarse con dicha información científica; además, se permite realizar evaluaciones de riesgo no sólo cuantitativas sino también cualitativas y basadas en el peso de la evidencia”.