El número de productos fitosanitarios registrados para su uso en cultivos menores, como es el caso del caqui, es muy limitado, lo cual puede dificultar la aplicación de programas de manejo de plagas y enfermedades adecuados en estos cultivos. Como en otros cultivos menores, la principal limitación para el registro de plaguicidas en el cultivo de caqui es el establecimiento del límite máximo de residuos (LMR), necesario para el registro de un producto fitosanitario en un cultivo. En el marco legislativo de la UE, de acuerdo con los Reglamentos (CE) nº 1107/2009 y (CE) nº 396/2005, se establece la posibilidad de establecer LMR en cultivos menores mediante la extrapolación de los resultados de los ensayos de residuos obtenidos en un cultivo mayor, siguiendo la guía SANCO 7525/VI/95 (derogada y sustituida por la actual guía SANTE/2019/12752 (2019)). Mediante este trabajo se ha propuesto la extrapolación de los resultados de los ensayos de residuos obtenidos en el cultivo mayor manzano, al cultivo menor caqui, basada en las similitudes entre estos cultivos (estructura de los árboles, tamaño de hojas y frutos y fenología), así como en el tipo de plagas y enfermedades que les afectan.
Se han realizado ensayos de residuos en cultivos de caqui, para determinar el residuo de diferentes sustancias activas. Para ello, se ha desarrollado un método multi-residuo empleando la técnica QuEChERS para la preparación de las muestras y LC-ESI-MS/MS para su análisis. Los resultados obtenidos mostraron que los residuos de las sustancias activas estudiadas fueron siempre menores en caqui que en manzana empleando la misma Buena Práctica Agrícola (BPA) en ambos cultivos. Además, la contribución de la ingesta de caqui a la ingesta total es en todas las dietas consideradas menor que la de manzana, por lo que la seguridad para el consumidor estaría garantizada al establecerse los LMR en caqui en base a los datos de residuos en manzana. Esta propuesta fue presentada a la Comisión Europea para la extrapolación de datos de residuos obtenidos en frutales de pepita (manzana y/o pera como cultivos mayores) a caqui (cultivo menor) y fue aprobada por el Comité Permanente de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos (Sección Fitofarmacéutica – Residuos) en junio de 2018, siendo incluida en el documento guía SANCO 7525/VI/95 (rev. 10.3) (derogado y sustituido por la actual guía SANTE/2019/12752).
El caqui (Diospyros kaki L. f.) es una fruta originaria de China, siendo este país el mayor productor, seguido por Corea y Japón, aunque la mayor parte de su producción es para consumo interno. Después de estos países, España es el cuarto país productor, y presenta el mayor y más rápido aumento de la producción de caqui entre los países mediterráneos (Llacer y Badenes, 2009). La selección del cultivar 'Rojo Brillante’, con una calidad excepcional y la eliminación de la astringencia sin perder firmeza frutal, representa una mejora sustancial en la comercialización y el transporte a largas distancias. Esto ha permitido su expansión desde la década de los años 90. Su producción se centra principalmente en la Comunidad Valenciana y Andalucía. En 2020, la producción española fue aproximadamente de 450.000 toneladas (1,2) siendo la mayor parte de esta producción exportada principalmente al mercado europeo.