Sección: 27as jornadas de productos fitosanitarios
Pese al ruido mediático que se haya podido levantar por determinados comportamientos aislados fuera de la legalidad, lo normal es que los agricultores sean cada vez más responsables en el uso de estos y otros medios de producción. En este comportamiento además de la mayor formación de los agricultores e implantación de sistemas individuales o colectivos para la prevención de plagas y enfermedades no cabe duda que ha tenido su importancia la amplia legislación que en esta materia está siendo desarrollada en el ámbito de la Unión Europea (UE), Administración Central, Comunidades Autónomas e iniciativas del propio sector.
Desde distintos ámbitos y sectores de la sociedad en ocasiones se ha acusado a los agricultores de un mal uso de los productos fitosanitarios y, de sus consecuencias inmediatas. Entre éstas quizá las de mayor repercusión económica y social sean los efectos medioambientales, o las que pueden provocar reacciones negativas de los consumidores hacia un determinado producto o grupos de productos.
Las alertas de seguridad alimentaria importantes a las que se ha asistido en la UE en los últimos años, en ningún caso se han debido al mal uso de los fitosanitarios.
Esto es tranquilizador, aunque si es cierto que todavía queda mucho por hacer para mejorar en este sentido. En un análisis del sector agrícola enfocado al uso de fitosanitarios no se debe generalizar, sino más bien ir al estudio de cada caso en particular y la problemática que lo puede rodear.
La implantación de Códigos de Buenas Prácticas Agrícolas, a instancias de diversas administraciones o a iniciativa de los propios sectores, ha supuesto un paso muy destacable en la mejora de la seguridad de los alimentos producidos en las explotaciones agrícolas, en los establecimientos comerciales que se encargan del acondicionamiento o preparación de esos productos antes de ser consumidos o utilizados por la industria agroalimentaria.
Los productos fitosanitarios son registrados y autorizados por las autoridades correspondientes para unos usos determinados, incluyendo en ello la forma de utilización, plazos de seguridad, etc. Tan sólo después de someter cada preparado a una serie de informes de expertos en distintas áreas como toxicidad, residuos, medioambiente, etc, y pasar por las correspondientes Comisiones de Evaluación, un producto fitosanitario puede comenzar a comercializarse. Por tanto estos productos, que llegan a los agricultores y aplicadores por canales comerciales autorizados, serán seguros si son administrados en las condiciones recomendadas en las etiquetas. Si por algún motivo se observa alguna irregularidad en su comportamiento los productos son retirados del mercado.
Durante los últimos años se ha incrementado notablemente la conciencia medioambientalista de la mayor parte de la población de los países desarrollados, lo cual ha obligado a las distintas administraciones a incrementar el grado de exigencia requerida a los productos fitosanitarios. La Unión Europea (UE) ha elaborado una normativa exigente para el mantenimiento de la fauna terrestre y acuática en los cursos de las aguas superficiales para evitar la contaminación de los acuíferos. Se exige una mayor profesionalidad y precauciones a los agricultores en el ámbito de su actividad, y en especial con todas aquellas relacionadas con la conservación de la naturaleza y el medioambiente, entre ellas la aplicación de productos fitosanitarios.
Límites Máximos de Residuos (LMR) y su gestión
Entre las normas comunitarias cuya aplicación afecta al uso y utilización de productos fitosanitarios en la agricultura una de las que mayores repercusiones tienen desde el punto de vista de control de las aplicaciones de esos compuestos, es la referente a los LMR (Límites Máximos de Residuos) permitidos en las producciones vegetales antes de ponerse a disposición de los consumidores. Por ello, se hacen unos breves reflexiones sobre los mismos:
- La producción de alimentos en las cantidades necesarias para satisfacer la demanda actual de la población mundial requiere que al menos un porcentaje considerable se produzca con la utilización de fitosanitarios durante el cultivo, almacenamiento y/o manipulación.
- Conviene aprovechar al máximo el propio equilibrio de parásitos naturales de las plagas y enfermedades más comunes.
- Se debe hacer un uso sostenible de los productos fitosanitarios. Es decir, huir de las aplicaciones masivas de ellos por los efectos negativos que puede provocar un uso abusivo de los mismos.
- Es vital seguir las recomendaciones de las etiquetas sobre su utilización, forma de aplicación, plazos de seguridad y cultivos sobre los que está autorizado determinado producto comercial.
- Es conveniente continuar con la investigación necesaria para que los LMR no se establezcan en el límite de lo detectable por los procedimientos metodológicos actuales, sino en los niveles estudiados y contrastados técnicamente. Con ello se evita pedir valores casi inalcanzables.
- No utilizar los LMR como medida proteccionista de unos países frente a otros dentro de un mercado intracomunitario común. Por eso resulta conveniente que los LMR para una producción y cultivo determinados sea uniforme dentro de la UE.
- Para evitar la competencia desleal de las producciones de países extracomunitarios que tengan como destino la UE, se debe exigir las mismos niveles y exigencias a aquellos productos que a los obtenidos en la Comunidad.
- Proseguir con los esfuerzos en producción, acondicionamiento y comercialización de productos agrarios para que éstos lleguen al consumidor en las mejores condiciones de calidad y salubridad.
- Los controles del propio sector y de las administraciones responsables para garantizar que los productos agrícolas lleguen al consumidor en las mejores condiciones para su salud deben ser un objeto prioritario para conseguir mantener la viabilidad de las producciones comunitarias en un mercado cada vez más globalizado por la política exterior de la UE. La calidad a todos los niveles, incluido el patológico y el sanitario puede ser la tabla de salvación de parte de la actual agricultura comunitaria.
- Las Agrupaciones de Defensa y Tratamientos Fitosanitarios, el mayor número de técnicos que se ocupan del seguimiento y control de la plagas y enfermedades, las redes creadas para la difusión de la información a los agricultores mediante sistemas casi inmediatos, y el asesoramiento recibido por éstos, permiten actuar de forma rápida ante cualquier contingencia que pudiera surgir y atacar los problemas en su inicio. De esta forma los productos pueden llegar al comienzo de la cadena comercial en condiciones prácticamente óptimas.
Reducción del número de materias activas
La revisión que desde hace años se viene realizando de las materias activas del anejo I de la Directiva 91/414/CEE, de forma que tras el estudio concienzudo de esas sustancias el citado anejo se está viendo reducido de forma muy sustancial en cuanto a unidades lo componen.
Tras la última actualización de la que se dispone de datos, julio de 2005, esa Lista comunitaria de sustancias incluidas era de 117 entre todos los tipos de fitosanitarios que se vienen empleando en agricultura. Todavía siguen en evaluación algunas sustancias correspondientes a la primera fase de revisión, cuya finalización se estima concluirá este mismo año, y 48 materias activas de la segunda fase (R451/2000).
Este proceso de revisión se está realizando con un retraso considerable sobre los plazos inicialmente previstos. Las sustancias incluidas en la tercera y cuarta fases todavía no han sido estudiadas por el procedimiento comunitario.
La falta de interés comercial en algunos casos para sus fabricantes o comercializadores y en otros por no haber superado los requisitos exigidos, ha privado a los agricultores de algunas de las sustancias activas (sobre todo insecticidas y fungicidas) más utilizadas con anterioridad (atrazina, benomilo, aldicarb, zineb, etc) o dejado reducido su ámbito a sólo algunos usos esenciales (simazina y endosulfan).
Cuando termine este proceso de revisión del anejo I de la Directiva 91/414 esa reducción del número de sustancias activas disponibles, y por tanto de productos fitosanitarios compuestos en base a ellas, podría dejar a algunos cultivos de menor importancia económica o zonales sin fitosanitarios para poder emplear en caso de fuertes ataques de plagas o enfermedades. Cuestión especialmente preocupante para la agricultura mediterránea.
Continuar con la investigación
El mayor conocimiento de la fisiología de las plantas cultivadas y de sus comportamientos frente a condiciones adversas, así como la necesidad de ajustar el sistema productivo a las nuevas pautas de la Política Agrícola Común (PAC) exige continuar e incrementar los recursos invertidos en la investigación para la búsqueda de soluciones que permitan sobrevivir a las producciones europeas en el nuevo marco.
De esas investigaciones se podrían alcanzar, por un lado un mejor conocimiento de los mecanismos de defensa de las plantas ante los ataques externos, y por otro la búsqueda de nuevas materias activas para sustituir a las que se están quedando fuera de la actual criba comunitaria, tienen un uso limitado o con un objetivo de prohibición inmediato. También habría que abordar soluciones sanitarias para los nuevos cultivos y producciones que surgirán dentro del nuevo planteamiento contenido en la actual PAC, y el marco de un mercado agrario comunitario acorde con los compromisos que la UE tiene establecidos en distintos ámbitos internacionales.