El Real Decreto 34/2025, que ratifica oficialmente la voluntariedad del cuaderno digital de explotación agrícola durante el actual periodo de aplicación de la Política Agrícola Común (2023-2027), recoge la obligatoriedad del registro electrónico de los tratamientos fitosanitarios a partir de 2026.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado el real decreto aprobado por el Consejo de Ministros que modifica diversa normativa sobre el sistema de información de las explotaciones agrarias para introducir el carácter voluntario de la utilización del cuaderno digital de explotación. La finalidad fundamental es “simplificar la gestión del cuaderno de explotación a efectos de la información que los agricultores, ganaderos y empresas conexas deben facilitar a la Administración, en materia agraria, reduciendo las cargas administrativas para los interesados”.
La voluntariedad del cuaderno digital se prolonga a lo largo de este periodo de programación de la PAC. Será de obligado cumplimiento, en el siguiente periodo de la PAC, para aquellas explotaciones que tengan una superficie superior a 30 hectáreas, de cultivos permanentes y tierras de cultivo; que tengan más 5 hectáreas de regadío sobre el total de su superficie de cultivos permanentes y tierras de cultivos; y que dispongan de invernaderos con superficie total bajo cubierta superior a 0,1 hectáreas. En el caso de que no cumplan ninguna de las condiciones establecidas en los apartados anteriores, solamente la parte de la superficie agraria con invernadero deberá estar sujeta al cumplimiento del cuaderno digital.
Esta norma especifica que los operadores profesionales en ámbitos agrarios mantendrán actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios, pero podrán elegir si hacerlo en soporte papel o digital, hasta el 31 de diciembre de 2025. Una decisión que emana del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564 de la Comisión, que establece la obligación, a partir del 1 de enero de 2026, del registro electrónico de los tratamientos fitosanitarios para todos los operadores europeos, con independencia de su sector de actividad.
El Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con Productos Fitosanitarios (RETO), aplicación informática desarrollada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, permite el registro de la información en tiempo real y garantiza una trazabilidad integral de la cadena de suministro de productos fitosanitarios. El Gobierno aclara en el real-decreto que esta decisión equipara a los operadores agrarios con los operadores del sector de tratamientos fitosanitarios, que realizan su actividad en el ámbito no agrario, y que desde 2021 ya deben cumplir electrónicamente con estas obligaciones en el RETO.
El cuaderno digital será obligatorio para las grandes explotaciones a partir de 2028
La Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) ha criticado rotundamente que se mantenga la obligatoriedad de registrar electrónicamente los tratamientos fitosanitarios para todos los agricultores, “al tratarse de una imposición para la que el sector no está preparado, causa que ha motivado la voluntariedad del cuaderno digital en este nuevo decreto”. La organización agraria insta al ministro Luis Planas a presionar en la Unión Europea para que este reglamento comunitario sea acorde en el tiempo de vigencia y en las excepciones adoptadas para el cuaderno digital.
El Conseller de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca de la Generalitat Valenciana, Miguel Barrachina, ha lamentado que “se imponga a los agricultores valencianos el registro digital de cualquier tratamiento fitosanitario a partir del año que viene. Este Consell apuesta por la simplificación y defiende que no es necesario un tercer control adicional sobre los agricultores. Nuestro sector agrícola tiene la edad media más alta de toda España y, además, nuestras explotaciones son pequeñas, porque la mayoría son minifundios. Tenemos que ayudarles a que sea fácil trabajar la tierra. No podemos poner trabas, ni más burocracia. El campo necesita ayuda, no imposiciones”.