Tal y como se ha hecho público recientemente, el Parlamento Europeo reunido en Luxemburgo en sesión plenaria el pasado 13 de abril acordó proponer la renovación de la autorización del herbicida glifosato en Europa durante 7 años, en lugar de 15 que es lo habitual, rechazando de esa manera la solicitud de prohibición que se había solicitado por parte de algunos colectivos. Sin embargo, dadas las informaciones que desde ayer están apareciendo en los medios, creemos necesario realizar algunas puntualizaciones y aclarar algunos aspectos:

  1. La votación del Parlamento Europeo del pasado 13 de abril por la que propuso la  renovación de la sustancia activa glifosato por siete años, se trata de eso simplemente, una propuesta, y en ningún caso su resultado es vinculante. Será el Consejo Europeo, quien finalmente tome la decisión sobre el futuro del glifosato en Europa los próximos meses.
  2. La aprobación y renovación de sustancias activas en la UE se rige por el Reglamento 1107/2009. En este proceso,  la EFSA (Agencia Europea de Seguridad Alimentaria) es el organismo responsable de llevar a cabo la evaluación científica, y tanto su papel en dicho proceso,  como el  del resto de organismos reguladores establecidos por la legislación,  deben ser respetados por todas las instituciones tanto comunitarias como nacionales.
  3. De acuerdo con el Reglamento 1107/2009, la aprobación y renovación de las sustancias activas dependen por completo de las evaluaciones del Estado miembro informante (en el caso del glifosato,  Alemania) y la EFSA, así como de la decisión de la Comisión con el apoyo de una votación en el Comité permanente de fitofármacos (SCoPAFF). Por tanto, el Parlamento Europeo y el Consejo deben garantizar que la legislación sea respetada reconociendo el papel de la agencia y autoridades reguladoras.
  4. IARC no es un organismo de la UE, por lo que no es parte oficial en el proceso de toma de decisiones de la UE en lo que respecta a la aprobación o renovación de sustancias activas, así como en el proceso de evaluación de las mismas. Aún así, el trabajo de la IARC fue revisado por la EFSA en sus evaluaciones, lo que no le impidió llegar a una conclusión positiva sobre el glifosato, considerando toda evidencia posible de tener en cuenta.
  5. Debe tenerse en cuenta que tanto Alemania, como Estado miembro informante, como la EFSA, basándose en sus evaluaciones científicas, consideraron seguro el glifosato cuando se usa apropiadamente, y por lo tanto concluyó que dicha sustancia no es cancerígena. Además, la presencia de residuos fitosanitarios en los alimentos y el agua son supervisados ??por la EFSA, y por lo general, las muestras analizadas en relación con el glifosato son completamente indetectables. En la gran mayoría de los casos, de estar presentes, los residuos se encuentran dentro de los límites permitidos legalmente y siempre muy por debajo del umbral que podría constituir un riesgo para la salud humana.
  6. En cuanto al acceso a los datos y los estudios  solicitados por ONGs y Comisión con respecto a este expediente de renovación, es comprensible que existan medidas legales dispuestas para evitar la divulgación de información confidencial de la empresa cuando se trata de estas sustancias, con el fin de proteger la propiedad intelectual y la inversión en innovación. Esto debe ser respetado y tenido en cuenta por el Parlamento y otros. Estas normas no sólo se aplican a la industria fitosanitaria, pues existen normas similares para los biocidas, productos químicos industriales y cosméticos, incluyendo perfumes. Sin embargo, para hacer frente a la preocupación pública y política, creemos que nuestras compañías involucradas están considerando un mecanismo  para facilitar algún  acceso en este caso particular.
  7. Desde la industria fitosanitaria, lamentamos que el resultado de la votación del PE del pasado 13 de abril no apoye  la propuesta de la EFSA de prorrogar la autorización durante 15 años y sugiera la prohibición a los usos no profesionales sin base científica alguna que la justifique. Toda renovación está sujeta a revisión cuando aparece información relevante, por lo que limitar el periodo no aporta nada a la seguridad e introduce sospechas innecesarias sobre el sistema de aprobación en la mente de los ciudadanos. Los productos fitosanitarios son una herramienta clave para los agricultores y los usuarios en ámbitos domésticos  de la UE, y esto incluye a los productos que contienen glifosato. Necesitamos que nuestros agricultores puedan seguir siendo competitivos, garantizando al mismo tiempo la protección de la salud humana y el medio ambiente. Por todo ello, esperamos que la decisión que finalmente adopten los estados representados en el Consejo Europeo esté basada en motivos científicos y no ideológicos que puedan poner en riesgo el futuro de la agricultura europea.

 

NOTA EMITIDA POR LA ASOCIACIÓN EMPRESARIAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PLANTAS (AEPLA)

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